DESCARGO

El Descargo, es la partida donde se anotan los gastos municipales, así encontraremos partidas que son fijas a lo largo de los años como : Salarios, Censo, Gastos fijos y Gastos Ordinarios, extraordinarios y alterables ; partidas que aparecerán esporádicamente como Gastos de quintos y acompañantes , Milicias y Para paliar la miseria ; otras como la de Vagas, Gastos de azud y sequia y Mantenimiento del molino harinero aparecerán muchas veces incluidas dentro de la partida Gastos ordinarios, extraordinarios y alterables ; y por último una serie de partidas que aparecen una sola vez debido a situaciones puntuales que se producen bien en la propia villa o en el exterior como Gastos de su Majestad (1802), Partida de orden superior (1804), Carta de pago y sobrante (1804), Libranzas y certificaciones (1809) y Construcción ceminterio.

GASTOS

Aparecen los gastos de salarios que soporta el Ayuntamiento, como son el: Alcalde ordinario, Regidor decano, Regidor segundo, Síndico Procurador, Asesor, Fiel de Hechos, Señor Cura, Maestro de niños, Maestra de niñas y Alguacil.

Son salarios que sufren muy pocos aumentos y permanecerán sin variar desde el 1801 hasta el 1820, solo lo hará el salario anual del maestro de niños que el año1805 pasa de 900 Rs. a 1500 Rs. no habiendo sufrido variación en el 1830.

Otros oficios que se practican en la villa como el de Médico, Aboticario, Cirujano o Albeytar, son sufragados directamente por el pueblo mediante un repartimiento en especie. El Ayuntamiento nombra un colector para cada cédula correspondiente, que será el encargado de realizar el repartimiento entre los vecinos, lo que se conoce por la conducta, y recolectar lo que le corresponde a cada uno, plasmándolo en su correspondiente cédula. Por lo general el repartimiento es en especie, (trigo y, algún oficio, también con panizo) , una vez cobrado rinde cuentas a los síndicos que lo pagan al interesado. Alguna vez será el propio interesado quien cobre directamente la conducta.

En diferentes documento tenemos noticias de estos oficios:

Cedula del medico para el año 1738 de 6 caises de trigo siendo regidores Custodio Albalad y Juan Monso y la ha de cobrar el mismo medico.

Se entrego al Dr. Joseph Crespo el 30 junio 1738

Cedula para pagar el panizo del medico en este año de 1744 siendo regidores Joseph Ortells menor y Estevan Pexo vecinos de esta villa de fansara.

Se entrego al doctor el 26 septiembre 1744.

10 barcillas 7 quarticas

Joseph Emo ha recibido de la villa de Fanzara por manos de Pedro Villalba colector 7 caices y 6 barcillas de trigo por las medecinas que se han tomado el 1735.

16 agosto 1736

Sebastian Robredo albeytar de onda ha recibido de Joseph Pexo de Fanzara 4 caices de trigo por la conducta que tengo ganada de 1737.

Onda 23 febrero 1738

Cedula de trigo para pagar al Serujano. Año 1732 siendo regidores Juan Rius y Miguel Ortells.

Se le entrego a Cristoval ferrer el 1 de julio 1732 que la ha de cobrar por el tiempo de la trilla.

Pedro Lopez

Volvemos a comprobar que, prácticamente un siglo después, continúan siendo pagados estos salarios por los vecinos, en este caso en vez de hablar de conducta lo hace de iguala , forma de salario de algunos profesionales, como los médicos, que hasta hace muy pocos años aún continuaba existiendo sobre todo en los pueblos pequeños.

Pregunta: A cuanto asciende en especie los granos u otros efectos que por razon de iguala con el medico y cirujano se reparten y exigen por insuficiencia del fondo Municipal, o por ser corta la dotación señalada en reglamentos deduciendo dichos granos o efectos de un precio comun.

Respuesta: El Medico y cirujano de este Pueblo no tienen nada por reglamento y cae sobre el pueblo la obligacion de dotarles que según contrato responde reducido el trigo y panizo que se les da, y que en metalico, al Medico 1600R y al cirujano 1680 R y al aboticario 975 R.

En las cuentas de 1801, tendríamos.

Gastos: Salarios

1. Salarios al alcalde ordinario 45 reales.

2. Salarios al regidor decano 45 reales.

3. Salarios al regidor segundo 45 reales.

4. Salarios al Sindico procurador 45 reales.

5. Salarios al Asesor 45 reales.

6 . Salarios al Fiel de hechos 300 reales.

7. Salarios a Sr. Cura 600 reales.

8. Salarios al Maestro 900 reales.

9 . Salarios a la Maestra 300 reales.

10. Salarios al Aguacil 375 reales.

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Suman 2700 reales.

CENSOS

En esta partida se paga al Señor Territorial por el censo cargado sobre el molino harinero y las dos casas de propios.

El Duque de Medinaceli, como señor Territorial de la villa, tenía una serie de propiedades y privilegios como eran: la propiedad del molino harinero, el horno de cocer, el arriendo de las yerbas del termino, las pesas y medidas, etc. A principios del Siglo XIX el molino harinero y las casas de la herrería y del cirujano las tenían los Propios a cambio de pagar un censo al Señor Territorial. Para comprobar la propiedad del molino harinero nos hemos de remontar a la carta de Repoblación tras la expulsión de los moriscos.

Escritura de Poblacion de la villa de Fansara y sus aldeas, otorgada por el Exmo Sr. Dn. Enrique Ramon Folch de Cardona y Aragon Duque de Segorbe a favor de los nuevos Pobladores de dicha Villa antae Mathias Chorruta Not o de Val a .

Fansara 30 de Septiembre 1612

28. Ytem estat pactat, avengutm y concordad, per, y entre les dites parts, que los dits noves Pobladors sien tenguts, y obligats segons que ab lo present capitol se obliguen per ells y per sos succesors, de moldre en los Molius fariners desa Excelencia, y fer lo Oli enles Almaseres siles hi haura, coure lo Pa enlos Forns, comprar en les Tendes, Carniseries y Tavernes pero empero comprar totes les dites coses lliberament lo divendres enlo mercat Publich que se acostument fer enla dita Vila, lo que no puga ser en ningun altre dia dela semana.

En otro documento, donde se detalla una relación de los bienes de propios para cargar un censo, comprobamos la propiedad señorial del Duque sobre el molino:

Molino de arina y anegada y media de tierra huerta anexa a dicho molino sitos en la huerta de dicha villa vulgarmente dicho de la Guerta Mayor que todos linda con tierras de los popilos de Andrés Navarro, con tierras de Joseph Monco, con tierras de Pedro Ortells, sequia en Medio y con la sequia tenidos dicho molino casa y tierras directa señoria de Dicho Excelentisimo señor Duque de Segorbe a cierto censo concluisimo y fadiga y todo otro derecho infiteutico, libres de otro tributo memoria hipoteca señorio ni obligaciones especial ni general.

Con estos documentos comprobamos como el Duque de Medinaceli, heredero del Ducado de Segorbe, tiene el señorío de dicho molino y el monopolio de moler el trigo en su molino, los Propios de la villa tienen el aprovechamiento a cambio de pagar anualmente un censo.

Así en el año 1801:

Tributo impuesto sobre el molino y demás casas 495 Rs

GASTOS FIJOS, FESTIVIDADES

Se incluyen los gastos sobre las fiestas que están contempladas en el reglamento de la villa con un presupuesto máximo, según este reglamento, de 240 reales y 32 maravedíes, que son:

Las fiestas patronales en honor a la Virgen de Monserrat, que se celebran el segundo domingo de octubre.

La romería que se hace el primer viernes de abril a la ermita de El Salvador en la villa de Onda.

No toda la totalidad de los gastos que se producen en las fiestas de la Virgen de Monserrat son sufragadas por los Propios, sólo son los derechos parroquiales, la limosna por el sermón y el salario del músico de la fiesta; otros gastos como el de dolsaineros , otros sermones, música para el baile, cera y aceite, eran sufragados por el vecindario mediante las limosnas del panizo, trigo, cañamo, aceite y algarrobas , productos que los vecinos aportaban voluntariamente y luego eran vendidos. También se celebraba la Corrida de Tortas de los Santos Reyes , en donde los vecinos aportaban tortas y otros productos que eran subastados. O el toro que se corría en la fiesta de la Virgen de Monserrat, que era pagado mediante la venta de su carne.

En la Villa de Fansara y Sala Capitular constituidos los señores del Ayuntamiento con los veinte y cuatro individuos que componen la Junta determinaron traer un toro a corte y porte y para correrlo el sabado primero de Octubre y determinaron traigase a coste y porte y para el efecto quedaron en determinacion vaya un individuo del Ayuntamiento en compañía del que hirá amercar el toro. Asi lo determinaron de que certifico. Fansara y Setiembre á 26 de 1824 .

En la fiesta del Santísimo Salvador, los propios pagaban el gasto del sacerdote que portaba la reliquia de San Pedro Mártir y parte del trigo que se utilizaba para esta fiesta, el resto se obtenía de lo que pagaban algunos vecinos por la exención de jornales de villa.

En la villa se organizaban otras fiestas no incluidas en el reglamento, así en la fiesta de San Pedro Mártir el Ayuntamiento nombraba a dos mayorales que estaban obligados a realizarla como “es costumbre antiquisima ”. Para la fiesta de Nuestra Señora del Rosario, los vecinos ayudaban al clavario y a los mayorales con “ media arroba de garrofas o 18 dineros ”.

Según las Cuentas de Propios de 1801

3. Gastos Fijos

1. derechos parroquiales, festividad de Nuestra Señora de Monserrat, patrona de esta 58 rs 16 m

2. Limosna por el sermon de dicha festividad de Monserrat 40 rs

3. Por el salario del musico de dicha fiesta 20 rs

4. Por el trigo para el Santisimo Salvador 104 rs 18 m

5. Por la limosna al sacerdote que lleva la reliquia de San Pedro Martir al ermitorio del Santisimo Salvador 15 rs

Total 240 rs

GASTOS ORDINARIOS, EXTRAORDINARIOS Y ALTERABLES

En esta partida, como dice el título, van incluidos todos los demás gastos de los propios, excepto cuando algunos años se crearán partidas específicas para un determinado descargo. Durante los años en que estudiamos las cuentas podemos considerar constantes:

El derecho del 15 por 1000 que se paga al mayordomo o depositario de propios por su salario.

Por los gastos de las veredas, testimonios, portes de correo, oficios y cartas directas a los justicias y ayuntamientos

Por el gasto de papel que realiza la villa, tanto de papel blanco común, que se compra al papelero de esta villa, así como el papel sellado de oficio y su porte.

Por el gasto de conducir las bulas que lo realiza el Síndico Procurador General.

Por los animales nocivos que se dan muerte en el término municipal, dependiendo su valor del tipo de animal.

Gastos de reparar el molino y la acequia, que para estudiarlo mejor lo incluiremos siempre en partida específica.

Las vagas del molino son los días que, de acuerdo con los capítulos de la escritura del molino, se consideraban no productivos para el molino y por lo tanto se debían descontar del total del arriendo. Para ver la evolución de las vagas, las incluiremos también en su correspondiente partida.

Impuestos sobre los Propios y Arbitrios como el 10 por cien de Propios y Arbitrios para la consolidación de los Vales Reales, el 7 y ½ por cien como contribución a la Real Hacienda y el 2 unos por cien por el título de Casa de Consejos e introducción de géneros ultramarinos

Otros gastos no periódicos como son cartas de pago, conducción de Bulas y otros tan curiosos como la compra de un libro de enseñanza del 1803 o la compra de “ un tambor para pregonar y una vara para la justicia ” de 1816.

En las cuentas del 1801 quedaría:

Gastos ordinarios, extraordinarios y alterables

1º.- Reparos en el molino harinero, carpintero Josef Fabregat 544 Rs

2º.- Iguales trabajos a Manuel Molina, herrero 267 Rs

3º.- Por tres cahizes de yeso para arreglar el molino 185 Rs

4º.- Por el trabajo del albañil en dicho molino 16 Rs

5º.- Reparos en la acequia madre en Playa 150 Rs

6º.- Por las veredas de Valencia recibidas en mano de Vicente Morella 72 Rs

7º.- Por las veredas de Peñiscola de todo el año 380 Rs

8º.-Por las cartas del correo del Señor Intendente de la Real Sala 1417 Rs

9º.- Por el papel sellado de oficio 6 Rs

10º.- Por el papel comun, cedulas, cuentas y otros 30 Rs

11º.- Por la conduccion de Bulas 15 Rs

12º.- Por el transporte del papel sellado 33 Rs

13º.- Por lo que pertenece al 15/1000 120 Rs

14º.- Por la exencion de vales Reales segun la carta de pago de la

Contaduria Principal de propios y arbitrios del Reino 752 Rs

15º.- Por carta de pago que presento Manuel Velasco 489 Rs 6 mrs

16º.- Por carta de pago que presento Francisco Peyrolan 150 Rs 16 mrs

VAGAS

Durante el año se van contando los días en que el molino no ha podido moler; cada día de éstos, como hemos visto, se le considera una vaga , si la causa está contemplada en los capítulos del molino harinero.

Del río Mijares, que cruza el término, es de donde se coge el agua mediante un azud llamada la Polliguera, que encauza el agua por la cequia madre que se utilizará para abastecimiento de agua de la villa, para el riego de las huertas, para el molino harinero y para el molino de papel. El clima mediterráneo, con lluvias torrenciales, unidas a una buena pendiente del río se traduce en periódicas avenidas de agua que rompen el azud y producen destrozos en la acequia madre ( solsida ).

El mantenimiento de la azud y acequias estaba a cargo del municipio y lo realizaban los vecinos a jornal de villa , sólo en algunas ocasiones ante condiciones climáticas muy adversas por el duro invierno o cuando la crecida del río les hacía ponerse en serio peligro para poder componer la azud, o por otras causas, de los Propios se pagaban alimentos para los que componían la azud. Veamos algunos documentos sobre esto.

En la escritura de Población de 1612 vista anteriormente tenemos:

16. Ytem estat pactat, avengut y concordad, per, y entre les dites parts, que per quant los dits noves vasalls y Pobladors han representad los gastos y despeses quese ofereyxen en conservar los Asuts, ab que regen les hortes, y molen los Molins ....

De esta forma cuando se producía alguna avenida del río Mijares con la consiguiente rotura en el azud, se convocaba a un número de vecinos suficiente, según la magnitud de los destrozos, que debían realizar los trabajos para recomponer la azud en el menor tiempo posible para que el molino pudiese moler. Estos vecinos trabajaban a jornal de villa, aunque podían redimirlo aportando lo que valía un jornal en metálico que se empleaba para sufragar las fiestas.

Convocados los vecinos, mediante un turno que plasmaba en una libreta el escribano, el Ayuntamiento podía pagar los gastos de la alimentación que se producía por el arreglo de la azud, veamos el correspondiente descargo.

Por esta se tomara en cuenta a Pedro Lopez procurador general de esta villa 2 libras 18 sueldos 7 dineros por el gasto de dos dias que se ha ido a la sud el 16 y 17 de octubre en vino, carne, arroz, alubias, salsas, tozinos, cebollas, sal y aceite

Fanzara 18 octubre 1729 Pasqual Colomer

El valor medio de la vaga calculado durante todo este periodo, es de 537 Reales, valor que variará desde un máximo de 984 Reales en el año 1806, que irá disminuyendo sobre todo en los últimos años hasta llegar al 1820 con el valor de 208 Reales. Para calcular el valor de cada día de vaga y que se tendrá que descontar al final del año del arriendo total se calcula teniendo en cuenta el arriendo total anual y los días del año, así este valor varía desde 12375 reales el año 1808, hasta 4817 reales 20 maravedíes del año de 1820.

Según hemos visto en los capítulos del molino harinero para que se pudiese considerar vaga , se tenían que cumplir una serie de condiciones, el establecer que se cumplían o no estas condiciones causaba tensiones entre el arrendador del molino y el municipio.

Para controlar las vagas, se nombraban a unos vecinos de avanzada edad que eran los encargados de contabilizar durante el año el número de días en que realmente el molino no podía moler. Así en el año 1801 son nombrados: Josef Villalba de 83 años, Pascual Mesquita y Vicente Ortells de 81 años.

Las causas que producen las vagas son diferentes sobresaliendo el rompimiento del azud por las riadas, seguida de la limpieza ordinaria de la acequia, avalanchas y rompimientos en la acequia y el mantenimiento y reparaciones en el molino harinero. Veamos una tabla donde aparecen las causas calculadas en tanto por cien

Rompimiento del azud

Rompimiento de la acequia

Limpieza ordinaria de la acequia

Averías en el molino

 

70%

 

7,5 %

 

16%

 

6,5 %

En las Cuentas de Propios del año 1801, en esta partida tenemos:

Partida vagas

Vagas del molino harinero que ha estado 34 dias sin moler por las muchas

Avenidas del Rio Mijares 810 Rs

OTRAS PARTIDAS

Variarán con los años, así durante los años de la Guerra de la Independencia tendrán importancia las partidas de quintos, milicias y guerrillas (1808 a 1811) y las partidas que se utilizarán para remediar a los vecinos para pagar impuestos o suministros a los participantes en la guerra, dada la precariedad en que se encontraba la vecindad.